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año:2013
 
tipodocumento:VIATICOS
 

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DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LA REPÚBLICA T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio No. 13697 11 de diciembre, 2013 DFOE-SAF-0490 Señor Gregorio Segura Coto Subgerente General BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO Estimado señor: Asunto: Respuesta a solicitud de aprobación del Reglamento de Arrendamiento de Vehículos propiedad de Funcionarios del Banco Crédito Agrícola de Cartago, acordado por su Junta Directiva en sesión Nro. 8683/13, artículo 8°, el 10 de septiembre de 2013. Se da respuesta a su oficio SFG-261-2013, mediante el cual remite para efectos de que se apruebe la propuesta para del Sistema de Pago de Kilometraje para su puesta en operación, para lo cual se adjunta una serie de documentación, salvo el estudio de costo beneficio aduciendo para ello lo manifestado por esta Contraloría General mediante oficio Nro. 01250 (DJ-0506) de 4 de febrero de 2010, asumiendo la entidad la responsabilidad de velar porque resulte más conveniente el sistema propuesto y no administrar su propia flotilla de vehículos. I. Motivo de la solicitud. Manifiesta en su nota que el principal objetivo a satisfacer con la propuesta es suplir las necesidades de transporte que tiene el Banco, para cumplir con los objetivos y metas institucionales, en especial, las relacionadas con el área de negocios, por cuanto, la flotilla de vehículos del Banco es insuficiente para satisfacer la demanda institucional. También señala que cuentan con un sistema de control interno eficiente y automatizado para el proceso de pago, denominado Sistema de Información Administrativo Integrado (SIAI), que cuenta con todas las seguridades, por medio del cual se realizaría cada transacción por concepto de pago de kilometraje a los f ...
Fecha publicación: 14/12/2013
Fecha emisión: 11/12/2013
Institución: BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: VIATICOS
Proceso: REVISION DEL REGLAMENTO DE GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LA REPÚBLICA T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio No. 13640 10 de diciembre, 2013 DFOE-SAF-0487 Señor Marvin Rodríguez Calderón Gerente General POPULAR PENSIONES S.A. Estimado señor: Asunto: Remisión de las modificaciones al Reglamento para el Arrendamiento de Vehículos Propiedad de los Trabajadores y Trabajadoras de la Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del Banco Popular y de Desarrollo Comunal S.A. Me refiero a su oficio PEN-1654-2013 del 22 de octubre de 2013, recibido en este órgano contralora el día 30 de octubre de 2013, por medio del cual nos remite para autorización el Reglamento para el Arrendamiento de Vehículos Propiedad de los Trabajadores y Trabajadoras de la Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del Banco Popular y de Desarrollo Comunal S.A., el cual incluye las modificaciones recientes acordadas por la Junta Directiva de esa Operadora, en sesión ordinaria Nro. 416, celebrada el 10 de octubre de 2013, para lo cual nos adjunta un cuadro comparativo entre el Reglamento anterior y el actual donde se detallan las modificaciones. Conforme lo hemos apuntado en solicitudes semejantes a esta, la competencia de esta Contraloría General se circunscribe y limita, a autorizar la aplicación del sistema para el arrendamiento de vehículos propiedad de los funcionarios de las entidades públicas, no así, a la aprobación de los respectivos reglamentos o estudios que al efecto se elaboren, ni las posteriores modificaciones que se realicen a éste, salvo que tal reforma afecte el sistema de control autorizado previamente por este órgano contralor, caso en el cual sí debe contar tal modificación con la autorización pertinente. En ese sen ...
Fecha publicación: 13/12/2013
Fecha emisión: 10/12/2013
Institución: OPERADORA DE PLANES DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS DEL BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL S.A
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: VIATICOS
Proceso: REVISION DEL REGLAMENTO DE GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LA REPÚBLICA T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nº 12818 20 de noviembre, 2013 DFOE-SAF-0458 Licenciada Marta Eugenia Solano Zapata Auditora Interna Editorial Costa Rica Estimada señora: Asunto: Se atiende consulta sobre la aplicación del artículo 53 del Reglamento con relación a la determinación de sujetos beneficiarios de los gastos de viaje y de transporte. En atención a su consulta ECR-AU-054-13 de fecha 23 de octubre del 2013, se procede a emitir criterio sobre el reconocimiento de gastos de viaje al amparo del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para funcionarios públicos, emitido por la Contraloría General de la República. I. Motivo de la consulta: En criterio de la Auditoría Interna, de determinarse la necesidad de la participación de un miembro del Consejo Directivo en la Feria Internacional de Guadalajara, para el reconocimiento de los gastos de viaje, se debe dar cumplimiento al artículo 53 del Reglamento de gastos de viaje y de transportes para funcionarios públicos que emite la Contraloría General de la República. Se solicita al ente contralor, aclarar si la aplicación del precitado artículo 53 debe considerarse para posibles viajes de miembros del Consejo Directivo, tanto dentro como fuera del país. II. Antecedentes. Se anexa criterio del Departamento Legal, No. AL-020.-2011 de fecha 2 de setiembre del 2011, dirigido a la Gerencia de la Editorial, en el cual sobre la designación de un miembro del Consejo Directivo en la Feria del Libro en Guadalajara, México, se expresa en las conclusiones, lo siguiente “Aunque la ley y la doctrina no ubican a los miembros del Consejo Directivo como funcionarios, al estar estos ...
Fecha publicación: 23/11/2013
Fecha emisión: 20/11/2013
Institución: EDITORIAL COSTA RICA
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: VIATICOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LA REPÚBLICA T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nro. 09202 03 de setiembre, 2013 DFOE-SAF-0326 MBA Guillermo Madriz Salas Director General CENTRO NACIONAL DE LA MÚSICA Estimado señor: Asunto: Solicitud de autorización especial para cubrir el pago de viáticos de los integrantes del Coro Sinfónico Nacional. En su oficio CNM-DG-186-2013 del 23 de agosto de 2013, el Centro Nacional de la Música (CNM) informa que el Coro Sinfónico Nacional (CSN), es un programa creado en 1974, como una herramienta artística que le permite a la Orquesta Sinfónica Nacional, incluir dentro de su programación el repertorio existente para coro y orquesta. Desde ese entonces, el Coro en forma ininterrumpida, ha participado cada año con dicha Orquesta en su temporada oficial, en programas especiales y en giras de extensión cultural a cientos de comunidades nacionales y de países de Europa y América. Añade que los integrantes del CSN son aproximadamente 100 voluntarios de diversas profesiones, oficios y quehaceres, con un talento especial para el canto y que donan al Coro, nueve o más horas a la semana en ensayos, es decir, no son funcionarios ni contratados por el Centro, pero representan una necesidad y una prioridad institucional. Afirman que uno de los proyectos que preparan con más ahínco –cuando se presenta la posibilidad-, son los conciertos de extensión cultural, los cuales cumplen con sus objetivos, como lo son difundir el repertorio sinfónico coral universal. Acotan, que para este semestre, tienen la posibilidad de realizar tres conciertos, al contar con presupuesto suficiente para cubrir los gastos, además de contar con el apoyo de las municipalidades locales y una ...
Fecha publicación: 06/09/2013
Fecha emisión: 03/09/2013
Institución: CENTRO NACIONAL DE LA MUSICA
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: VIATICOS
Proceso: REVISION DEL REGLAMENTO DE GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LA REPÚBLICA T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nro. 08955 28 de agosto, 2013 DFOE-SAF-0321 Licda. Ana Cristina Pereira Gamboa Tesorera Lic. Roberto Ocampo Rojas Controlador de Presupuesto UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA Estimados señores: Asunto: Prevención de firma del jerarca de conformidad con la Resolución N° R-DC-197- 2011 “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, publicada en La Gaceta Nº 244 del 20 de diciembre del 2011. Me refiero a su oficio sin número del 8 de agosto de 2013, recibido en esta Contraloría el 14 de agosto, con el número interno de registro 19243, por el cual nos hacen varias consultas sobre la aplicación del artículo 20 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Público. Al respecto, es menester indicarle que de conformidad con el artículo 8 inciso 4 de la Resolución N° R-DC-197-2011 “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, publicada en La Gaceta Nº 244 del 20 de diciembre del 2011, las consultas que se presenten a esta Contraloría, deben cumplir con varios requisitos de admisibilidad, destacándose para este caso que toda consulta sea planteada por el “… jerarca administrativo del ente u órgano público en el caso de la administración activa;…”. Dado que su solicitud carece de tal requisito, de conformidad con el artículo 10 de esa resolución, se le concede un plazo improrrogable de cinco días hábiles bajo el apercibimiento de archivar la gestión en caso de incumplimiento. Transcurrido un plazo razonable superior a los cinco días hábiles conferidos, sin que a la fecha ...
Fecha publicación: 31/08/2013
Fecha emisión: 28/08/2013
Institución: UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA (UNED)
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: VIATICOS
Proceso: REVISION DEL REGLAMENTO DE GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LA REPÚBLICA T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nro. 08708 22 de agosto, 2013 DFOE-SAF-0307 Licenciado Juan Carlos Borbon Marks Gerente General Pró Tempore INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO Estimado señor: Asunto: Consulta sobre gastos de viaje nivel II. Me refiero a su oficio G-1860-2013 del 30 de julio del 2013, mediante el cual solicita evaluar si el Jefe del Despacho del Ministro de Turismo se enmarca dentro del nivel II regulado en el artículo 36 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos (en lo sucesivo el Reglamento). Motivo de la consulta: La Gerencia del ICT se cuestiona si es aplicable al Jefe de Despacho del Señor Ministro de Turismo, el Nivel II del artículo 36 del Reglamento general que emite la Contraloría en materia de gastos de viaje y de transporte para funcionarios públicos. Señala que el Departamento Legal del ICT ha indicado que si existe la figura del Jefe de Despacho de éste, podría determinarse la existencia del Nivel II para efectos del pago de gastos de viaje en el exterior, sin embargo consideran que la inclusión o no de un puesto en dicho nivel, es potestad exclusiva de la Contraloría, ante solicitud razonada de una administración activa e indican que para el caso expuesto y cualquier otro similar, es requisito indispensable para el pago de viáticos dentro del nivel II, contar de previo con el reconocimiento de tal condición por parte de la Contraloría General de la República. Por tales razones, solicitan que se evacúe la siguiente consulta: ¿puede determinarse que dentro del Nivel II que regula el artículo 36 del Reglamento de Gastos de Viaje para los funcionarios públicos se enc ...
Fecha publicación: 28/08/2013
Fecha emisión: 22/08/2013
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO (ICT)
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: VIATICOS
Proceso: REVISION DEL REGLAMENTO DE GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LA REPÚBLICA T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nro. 06099 24 de junio, 2013 DFOE-SAF-0230 Señor Róger Gamboa Flores Auditor Interno MUNICIPALIDAD DE ABANGARES Estimado señor: Asunto: Procedencia del pago de viáticos de transporte a un Regidor. Mediante oficio Nro. A.I. 15-13 del 20 de mayo de 2013, recibido en esta Contraloría el 24 del mismo mes, consulta sobre la procedencia del pago del transporte en taxi de la señora Graciela Serrano Anchía, amparado en razón de que ejerce el cargo de presidenta del Concejo Municipal y que en virtud de las responsabilidades y obligaciones del cargo, requiere llegar al menos una o dos horas antes que los demás regidores, por lo que no puede utilizar el servicio contratado por la Municipalidad de Abangares para el traslado de estos funcionarios a las reuniones del Concejo. De acuerdo con lo establecido en el artículo 8.2 del Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República, aprobado mediante resolución Nro. R-DC-197-2011, de las ocho horas del trece de diciembre de dos mil once, las consultas deben ser formuladas en términos generales, sin que se someta al órgano consultivo la resolución de circunstancias concretas propias del ámbito de decisión del sujeto consultante. Seguidamente, el numeral 9 dispone que se rechazarán aquéllas cuyo objeto principal consista en requerir la resolución de circunstancias concretas que correspondan al consultante. En el presente caso, se evidencia en su oficio que la consulta se refiere a un caso concreto y específico, por lo que procede el rechazo de su pretensión. No obstante, se le recuerda que es la Administración a quien ...
Fecha publicación: 26/06/2013
Fecha emisión: 19/06/2013
Institución: MUNICIPALIDAD DE ABANGARES
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: VIATICOS
Proceso: REVISION DEL REGLAMENTO DE GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LA REPÚBLICA T: (506) 2501-8000 F: (506) 5201-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nro. 05775 12 de junio, 2013 DFOE-SAF-0219 Señora Elsie Campos Díaz Secretaria General CONSEJO SUPERIOR DE EDUCACIÓN Estimada señora: Asunto: Reconocimiento de viáticos a directivos suplentes. Mediante oficio Nro. CSE-SG-0388-2013 del 13 de mayo, recibido en esta Contraloría el 14 del mismo mes, consulta sobre la procedencia de reconocer viáticos a los miembros suplentes del Consejo Superior de Educación, que de acuerdo a lo establecido en el artículo 7 de la Ley Nro. 1362 no reciben dieta, cuando asistan a las sesiones de la Junta Directiva. Acompaña a su nota, el criterio jurídico de la Asesoría Legal de dicho órgano constitucional, el cual concluye que el pretendido pago, es indebido. Sobre el particular, ha sido criterio reiterado de esta Contraloría General de la República que el pago de viáticos no procede para los casos como el consultado. Esta posición, tiene su sustento en el artículo 2 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República1: Artículo 2º.- Concepto. Por viático debe entenderse aquella suma destinada a la atención de gastos de hospedaje, alimentación y otros gastos menores, que los entes públicos reconocen a sus servidores cuando éstos deban desplazarse en forma transitoria de su centro de trabajo con el fin de cumplir con las obligaciones de su cargo. El reconocimiento de los viáticos, sólo puede ser efectivo cuando hay un desplazamiento del funcionario de su centro de trabajo hacia otros destinos, pero no se reconocen para dirigirse a éste, salvo que alguna Ley en particular así lo establezca en forma concreta, situ ...
Fecha publicación: 15/06/2013
Fecha emisión: 12/06/2013
Institución: CONSEJO SUPERIOR DE EDUCACION
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: VIATICOS
Proceso: REVISION DEL REGLAMENTO DE GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LA REPÚBLICA T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nro. 03689 17 de abril, 2013 DFOE-SAF-0152 Licenciado Alonso Luna Alfaro Director de Despacho Despacho Primera Vicepresidencia MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA Estimado señor: Asunto: Respuesta a solicitud de tarifa diaria de viáticos para Mongolia. Me refiero a su oficio N° D.V-AP-079-2013 del 10 de abril, mediante el cual y al amparo de lo dispuesto por el último párrafo del artículo 34º del “Reglamento de gastos de viaje y de transporte para funcionarios públicos”, solicita la tarifa diaria de viáticos para Mongolia. Al respecto, y luego de realizado el estudio del caso, la Contraloría General, en cumplimiento del último párrafo del artículo 34 del Reglamento de cita, establece la siguiente tarifa, siendo por lo demás aplicables las disposiciones del citado Reglamento, a cargo de la administración activa. Destino Miembros de los Supremos Poderes de la República y Vicepresidente de la República Funcionarios pertenecientes al nivel determinativo y de ejecución y fiscalización superior Otros funcionarios I II III EUA $ EUA $ EUA $ Mongolia 245 204 173 Atentamente: Lic. Federico Castro Páez Gerente de Área DLM/gcc Ci: Archivo central Expediente Ni: 8282 G: 2013000104-10 P: 2013006899 ] ...
Fecha publicación: 19/04/2013
Fecha emisión: 16/04/2013
Institución: MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: VIATICOS
Proceso: REVISION DEL REGLAMENTO DE GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LA REPÚBLICA T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nro. 03258 03 de abril, 2013 DFOE-SAF-0138 Licenciado Fernando Ocampo Sánchez Ministro a.i. MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Estimado señor: Asunto: Respuesta a solicitud de tarifa diaria de viáticos para la Sultanía de Omán y Brunei Darussalam. Me refiero a su oficio N° DM-00151-13, del 21 de marzo de 2013, mediante el cual y al amparo de lo dispuesto por el último párrafo del artículo 34º del “Reglamento de gastos de viaje y de transporte para funcionarios públicos”, solicita la tarifa diaria de viáticos para la Sultanía de Omán y Brunei Darussalam. Al respecto, y luego de realizado el estudio del caso, esta Contraloría General, en cumplimiento del último párrafo del artículo 34 del Reglamento de cita, establece la siguiente tarifa, siendo por lo demás aplicables las disposiciones del citado Reglamento, a cargo de la administración activa. Destino Miembros de los Supremos Poderes de la República y Vicepresidente de la República Funcionarios pertenecientes al nivel determinativo y de ejecución y fiscalización superior Otros funcionarios I II III EUA $ EUA $ EUA $ Sultanía de Omán 428 357 303 Brunei Darussalam 274 228 194 Atentamente: Lic. Federico Castro Páez Gerente de Área MJAS/gcc ci: Auditoría Interna del Ministerio de Comercio Exterior Archivo central Expediente Ni: 7042 G: 2013000104-6 P: 2013006137 ] ...
Fecha publicación: 06/04/2013
Fecha emisión: 03/04/2013
Institución: MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: VIATICOS
Proceso: REVISION DEL REGLAMENTO DE GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS