DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LA REPÚBLICA
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio No. 13697
11 de diciembre, 2013
DFOE-SAF-0490
Señor
Gregorio Segura Coto
Subgerente General
BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO
Estimado señor:
Asunto: Respuesta a solicitud de aprobación del Reglamento de Arrendamiento
de Vehículos propiedad de Funcionarios del Banco Crédito Agrícola de
Cartago, acordado por su Junta Directiva en sesión Nro. 8683/13,
artículo 8°, el 10 de septiembre de 2013.
Se da respuesta a su oficio SFG-261-2013, mediante el cual remite para efectos de
que se apruebe la propuesta para del Sistema de Pago de Kilometraje para su puesta en
operación, para lo cual se adjunta una serie de documentación, salvo el estudio de costo
beneficio aduciendo para ello lo manifestado por esta Contraloría General mediante oficio
Nro. 01250 (DJ-0506) de 4 de febrero de 2010, asumiendo la entidad la responsabilidad de
velar porque resulte más conveniente el sistema propuesto y no administrar su propia
flotilla de vehículos.
I. Motivo de la solicitud.
Manifiesta en su nota que el principal objetivo a satisfacer con la propuesta es suplir
las necesidades de transporte que tiene el Banco, para cumplir con los objetivos y metas
institucionales, en especial, las relacionadas con el área de negocios, por cuanto, la flotilla
de vehículos del Banco es insuficiente para satisfacer la demanda institucional.
También señala que cuentan con un sistema de control interno eficiente y
automatizado para el proceso de pago, denominado Sistema de Información Administrativo
Integrado (SIAI), que cuenta con todas las seguridades, por medio del cual se realizaría
cada transacción por concepto de pago de kilometraje a los f ...
Fecha publicación: 14/12/2013
Fecha emisión: 11/12/2013
Institución: BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: VIATICOS
Proceso: REVISION DEL REGLAMENTO DE GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LA REPÚBLICA
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio No. 13640
10 de diciembre, 2013
DFOE-SAF-0487
Señor
Marvin Rodríguez Calderón
Gerente General
POPULAR PENSIONES S.A.
Estimado señor:
Asunto: Remisión de las modificaciones al Reglamento para el Arrendamiento de
Vehículos Propiedad de los Trabajadores y Trabajadoras de la
Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del Banco Popular
y de Desarrollo Comunal S.A.
Me refiero a su oficio PEN-1654-2013 del 22 de octubre de 2013, recibido en este
órgano contralora el día 30 de octubre de 2013, por medio del cual nos remite para
autorización el Reglamento para el Arrendamiento de Vehículos Propiedad de los
Trabajadores y Trabajadoras de la Operadora de Planes de Pensiones Complementarias
del Banco Popular y de Desarrollo Comunal S.A., el cual incluye las modificaciones
recientes acordadas por la Junta Directiva de esa Operadora, en sesión ordinaria Nro. 416,
celebrada el 10 de octubre de 2013, para lo cual nos adjunta un cuadro comparativo entre
el Reglamento anterior y el actual donde se detallan las modificaciones.
Conforme lo hemos apuntado en solicitudes semejantes a esta, la competencia de
esta Contraloría General se circunscribe y limita, a autorizar la aplicación del sistema para
el arrendamiento de vehículos propiedad de los funcionarios de las entidades públicas, no
así, a la aprobación de los respectivos reglamentos o estudios que al efecto se elaboren, ni
las posteriores modificaciones que se realicen a éste, salvo que tal reforma afecte el
sistema de control autorizado previamente por este órgano contralor, caso en el cual sí
debe contar tal modificación con la autorización pertinente.
En ese sen ...
Fecha publicación: 13/12/2013
Fecha emisión: 10/12/2013
Institución: OPERADORA DE PLANES DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS DEL BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL S.A
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: VIATICOS
Proceso: REVISION DEL REGLAMENTO DE GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LA REPÚBLICA
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nº 12818
20 de noviembre, 2013
DFOE-SAF-0458
Licenciada
Marta Eugenia Solano Zapata
Auditora Interna
Editorial Costa Rica
Estimada señora:
Asunto: Se atiende consulta sobre la aplicación del artículo 53 del Reglamento
con relación a la determinación de sujetos beneficiarios de los gastos de
viaje y de transporte.
En atención a su consulta ECR-AU-054-13 de fecha 23 de octubre del 2013, se
procede a emitir criterio sobre el reconocimiento de gastos de viaje al amparo del
Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para funcionarios públicos, emitido por la
Contraloría General de la República.
I. Motivo de la consulta:
En criterio de la Auditoría Interna, de determinarse la necesidad de la participación
de un miembro del Consejo Directivo en la Feria Internacional de Guadalajara, para el
reconocimiento de los gastos de viaje, se debe dar cumplimiento al artículo 53 del
Reglamento de gastos de viaje y de transportes para funcionarios públicos que emite la
Contraloría General de la República.
Se solicita al ente contralor, aclarar si la aplicación del precitado artículo 53 debe
considerarse para posibles viajes de miembros del Consejo Directivo, tanto dentro como
fuera del país.
II. Antecedentes.
Se anexa criterio del Departamento Legal, No. AL-020.-2011 de fecha 2 de
setiembre del 2011, dirigido a la Gerencia de la Editorial, en el cual sobre la designación de
un miembro del Consejo Directivo en la Feria del Libro en Guadalajara, México, se expresa
en las conclusiones, lo siguiente “Aunque la ley y la doctrina no ubican a los miembros del
Consejo Directivo como funcionarios, al estar estos ...
Fecha publicación: 23/11/2013
Fecha emisión: 20/11/2013
Institución: EDITORIAL COSTA RICA
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: VIATICOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LA REPÚBLICA
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 09202
03 de setiembre, 2013
DFOE-SAF-0326
MBA
Guillermo Madriz Salas
Director General
CENTRO NACIONAL DE LA MÚSICA
Estimado señor:
Asunto: Solicitud de autorización especial para cubrir el pago de viáticos de los
integrantes del Coro Sinfónico Nacional.
En su oficio CNM-DG-186-2013 del 23 de agosto de 2013, el Centro Nacional de la
Música (CNM) informa que el Coro Sinfónico Nacional (CSN), es un programa creado en
1974, como una herramienta artística que le permite a la Orquesta Sinfónica Nacional,
incluir dentro de su programación el repertorio existente para coro y orquesta. Desde ese
entonces, el Coro en forma ininterrumpida, ha participado cada año con dicha Orquesta en
su temporada oficial, en programas especiales y en giras de extensión cultural a cientos de
comunidades nacionales y de países de Europa y América.
Añade que los integrantes del CSN son aproximadamente 100 voluntarios de
diversas profesiones, oficios y quehaceres, con un talento especial para el canto y que
donan al Coro, nueve o más horas a la semana en ensayos, es decir, no son funcionarios
ni contratados por el Centro, pero representan una necesidad y una prioridad institucional.
Afirman que uno de los proyectos que preparan con más ahínco –cuando se
presenta la posibilidad-, son los conciertos de extensión cultural, los cuales cumplen con
sus objetivos, como lo son difundir el repertorio sinfónico coral universal. Acotan, que para
este semestre, tienen la posibilidad de realizar tres conciertos, al contar con presupuesto
suficiente para cubrir los gastos, además de contar con el apoyo de las municipalidades
locales y una ...
Fecha publicación: 06/09/2013
Fecha emisión: 03/09/2013
Institución: CENTRO NACIONAL DE LA MUSICA
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: VIATICOS
Proceso: REVISION DEL REGLAMENTO DE GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LA REPÚBLICA
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 08955
28 de agosto, 2013
DFOE-SAF-0321
Licda. Ana Cristina Pereira Gamboa
Tesorera
Lic. Roberto Ocampo Rojas
Controlador de Presupuesto
UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA
Estimados señores:
Asunto: Prevención de firma del jerarca de conformidad con la Resolución N° R-DC-197-
2011 “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la
Contraloría General de la República”, publicada en La Gaceta Nº 244 del 20 de
diciembre del 2011.
Me refiero a su oficio sin número del 8 de agosto de 2013, recibido en esta Contraloría el 14 de
agosto, con el número interno de registro 19243, por el cual nos hacen varias consultas sobre la
aplicación del artículo 20 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios
Público.
Al respecto, es menester indicarle que de conformidad con el artículo 8 inciso 4 de la
Resolución N° R-DC-197-2011 “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la
Contraloría General de la República”, publicada en La Gaceta Nº 244 del 20 de diciembre del 2011, las
consultas que se presenten a esta Contraloría, deben cumplir con varios requisitos de admisibilidad,
destacándose para este caso que toda consulta sea planteada por el “… jerarca administrativo del ente
u órgano público en el caso de la administración activa;…”.
Dado que su solicitud carece de tal requisito, de conformidad con el artículo 10 de esa
resolución, se le concede un plazo improrrogable de cinco días hábiles bajo el apercibimiento de
archivar la gestión en caso de incumplimiento.
Transcurrido un plazo razonable superior a los cinco días hábiles conferidos, sin que a la fecha ...
Fecha publicación: 31/08/2013
Fecha emisión: 28/08/2013
Institución: UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA (UNED)
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: VIATICOS
Proceso: REVISION DEL REGLAMENTO DE GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LA REPÚBLICA
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 08708
22 de agosto, 2013
DFOE-SAF-0307
Licenciado
Juan Carlos Borbon Marks
Gerente General Pró Tempore
INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO
Estimado señor:
Asunto: Consulta sobre gastos de viaje nivel II.
Me refiero a su oficio G-1860-2013 del 30 de julio del 2013, mediante el cual solicita
evaluar si el Jefe del Despacho del Ministro de Turismo se enmarca dentro del nivel II
regulado en el artículo 36 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para
Funcionarios Públicos (en lo sucesivo el Reglamento).
Motivo de la consulta:
La Gerencia del ICT se cuestiona si es aplicable al Jefe de Despacho del Señor
Ministro de Turismo, el Nivel II del artículo 36 del Reglamento general que emite la
Contraloría en materia de gastos de viaje y de transporte para funcionarios públicos.
Señala que el Departamento Legal del ICT ha indicado que si existe la figura del
Jefe de Despacho de éste, podría determinarse la existencia del Nivel II para efectos del
pago de gastos de viaje en el exterior, sin embargo consideran que la inclusión o no de un
puesto en dicho nivel, es potestad exclusiva de la Contraloría, ante solicitud razonada de
una administración activa e indican que para el caso expuesto y cualquier otro similar, es
requisito indispensable para el pago de viáticos dentro del nivel II, contar de previo con el
reconocimiento de tal condición por parte de la Contraloría General de la República.
Por tales razones, solicitan que se evacúe la siguiente consulta: ¿puede
determinarse que dentro del Nivel II que regula el artículo 36 del Reglamento de Gastos de
Viaje para los funcionarios públicos se enc ...
Fecha publicación: 28/08/2013
Fecha emisión: 22/08/2013
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO (ICT)
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: VIATICOS
Proceso: REVISION DEL REGLAMENTO DE GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LA REPÚBLICA
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 06099
24 de junio, 2013
DFOE-SAF-0230
Señor
Róger Gamboa Flores
Auditor Interno
MUNICIPALIDAD DE ABANGARES
Estimado señor:
Asunto: Procedencia del pago de viáticos de transporte a un Regidor.
Mediante oficio Nro. A.I. 15-13 del 20 de mayo de 2013, recibido en esta
Contraloría el 24 del mismo mes, consulta sobre la procedencia del pago del transporte en
taxi de la señora Graciela Serrano Anchía, amparado en razón de que ejerce el cargo de
presidenta del Concejo Municipal y que en virtud de las responsabilidades y obligaciones
del cargo, requiere llegar al menos una o dos horas antes que los demás regidores, por lo
que no puede utilizar el servicio contratado por la Municipalidad de Abangares para el
traslado de estos funcionarios a las reuniones del Concejo.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 8.2 del Reglamento sobre la recepción
y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República, aprobado
mediante resolución Nro. R-DC-197-2011, de las ocho horas del trece de diciembre de dos
mil once, las consultas deben ser formuladas en términos generales, sin que se someta al
órgano consultivo la resolución de circunstancias concretas propias del ámbito de decisión
del sujeto consultante. Seguidamente, el numeral 9 dispone que se rechazarán aquéllas
cuyo objeto principal consista en requerir la resolución de circunstancias concretas que
correspondan al consultante.
En el presente caso, se evidencia en su oficio que la consulta se refiere a un caso
concreto y específico, por lo que procede el rechazo de su pretensión. No obstante, se le
recuerda que es la Administración a quien ...
Fecha publicación: 26/06/2013
Fecha emisión: 19/06/2013
Institución: MUNICIPALIDAD DE ABANGARES
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: VIATICOS
Proceso: REVISION DEL REGLAMENTO DE GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LA REPÚBLICA
T: (506) 2501-8000 F: (506) 5201-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 05775
12 de junio, 2013
DFOE-SAF-0219
Señora
Elsie Campos Díaz
Secretaria General
CONSEJO SUPERIOR DE EDUCACIÓN
Estimada señora:
Asunto: Reconocimiento de viáticos a directivos suplentes.
Mediante oficio Nro. CSE-SG-0388-2013 del 13 de mayo, recibido en esta
Contraloría el 14 del mismo mes, consulta sobre la procedencia de reconocer viáticos a los
miembros suplentes del Consejo Superior de Educación, que de acuerdo a lo establecido
en el artículo 7 de la Ley Nro. 1362 no reciben dieta, cuando asistan a las sesiones de la
Junta Directiva. Acompaña a su nota, el criterio jurídico de la Asesoría Legal de dicho
órgano constitucional, el cual concluye que el pretendido pago, es indebido.
Sobre el particular, ha sido criterio reiterado de esta Contraloría General de la
República que el pago de viáticos no procede para los casos como el consultado. Esta
posición, tiene su sustento en el artículo 2 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte
para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República1:
Artículo 2º.- Concepto. Por viático debe entenderse aquella suma
destinada a la atención de gastos de hospedaje, alimentación y otros
gastos menores, que los entes públicos reconocen a sus servidores cuando
éstos deban desplazarse en forma transitoria de su centro de trabajo con el
fin de cumplir con las obligaciones de su cargo.
El reconocimiento de los viáticos, sólo puede ser efectivo cuando hay un
desplazamiento del funcionario de su centro de trabajo hacia otros destinos, pero no se
reconocen para dirigirse a éste, salvo que alguna Ley en particular así lo establezca en
forma concreta, situ ...
Fecha publicación: 15/06/2013
Fecha emisión: 12/06/2013
Institución: CONSEJO SUPERIOR DE EDUCACION
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: VIATICOS
Proceso: REVISION DEL REGLAMENTO DE GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LA REPÚBLICA
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 03689
17 de abril, 2013
DFOE-SAF-0152
Licenciado
Alonso Luna Alfaro
Director de Despacho
Despacho Primera Vicepresidencia
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA
Estimado señor:
Asunto: Respuesta a solicitud de tarifa diaria de viáticos para Mongolia.
Me refiero a su oficio N° D.V-AP-079-2013 del 10 de abril, mediante el cual y al
amparo de lo dispuesto por el último párrafo del artículo 34º del “Reglamento de gastos de
viaje y de transporte para funcionarios públicos”, solicita la tarifa diaria de viáticos para
Mongolia.
Al respecto, y luego de realizado el estudio del caso, la Contraloría General, en
cumplimiento del último párrafo del artículo 34 del Reglamento de cita, establece la
siguiente tarifa, siendo por lo demás aplicables las disposiciones del citado Reglamento, a
cargo de la administración activa.
Destino
Miembros de los
Supremos Poderes de
la República y
Vicepresidente de la
República
Funcionarios
pertenecientes al nivel
determinativo y de
ejecución y
fiscalización superior
Otros
funcionarios
I II III
EUA $ EUA $ EUA $
Mongolia 245 204 173
Atentamente:
Lic. Federico Castro Páez
Gerente de Área
DLM/gcc
Ci: Archivo central
Expediente
Ni: 8282
G: 2013000104-10
P: 2013006899
] ...
Fecha publicación: 19/04/2013
Fecha emisión: 16/04/2013
Institución: MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: VIATICOS
Proceso: REVISION DEL REGLAMENTO DE GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LA REPÚBLICA
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 03258
03 de abril, 2013
DFOE-SAF-0138
Licenciado
Fernando Ocampo Sánchez
Ministro a.i.
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
Estimado señor:
Asunto: Respuesta a solicitud de tarifa diaria de viáticos para la Sultanía de Omán y
Brunei Darussalam.
Me refiero a su oficio N° DM-00151-13, del 21 de marzo de 2013, mediante el cual y al
amparo de lo dispuesto por el último párrafo del artículo 34º del “Reglamento de gastos de
viaje y de transporte para funcionarios públicos”, solicita la tarifa diaria de viáticos para la
Sultanía de Omán y Brunei Darussalam.
Al respecto, y luego de realizado el estudio del caso, esta Contraloría General, en
cumplimiento del último párrafo del artículo 34 del Reglamento de cita, establece la siguiente
tarifa, siendo por lo demás aplicables las disposiciones del citado Reglamento, a cargo de la
administración activa.
Destino
Miembros de los
Supremos Poderes
de la República y
Vicepresidente de la
República
Funcionarios
pertenecientes al nivel
determinativo y de
ejecución y fiscalización
superior
Otros
funcionarios
I II III
EUA $ EUA $ EUA $
Sultanía de Omán 428 357 303
Brunei Darussalam 274 228 194
Atentamente:
Lic. Federico Castro Páez
Gerente de Área
MJAS/gcc
ci: Auditoría Interna del Ministerio de Comercio Exterior
Archivo central
Expediente
Ni: 7042
G: 2013000104-6
P: 2013006137
] ...
Fecha publicación: 06/04/2013
Fecha emisión: 03/04/2013
Institución: MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: VIATICOS
Proceso: REVISION DEL REGLAMENTO DE GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS